Flota La Macarena: conoce las excepciones por las que podrás realizar un viaje en bus

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flota la macarena

Durante los últimos días, el gobierno ha planteado que existen casos por los cuales está permitido movilizarse al interior del país. Para que sepas si el tuyo se encuentra dentro de las excepciones para viajar en bus, a continuación, en redBus te enseñamos los principales motivos y las medidas a tener en cuenta. Empresas como Flota La Macarena realizarán este tipo de viajes.

Viaja de forma excepcional con Flota La Macarena

Si bien es cierto, en la mayoría de casos, las personas en Colombia aún no pueden viajar debido al Covid-19, existe ahora una justificación de fuerza mayor para poder hacerlo. En primera instancia, estas personas podrán viajar con la empresa Flota La Macarena. Esta empresa empezará a realizar viajes humanitarios y, podrás realizarlos, a través de la plataforma de redBus.

https://www.bbva.com

Si necesitas acceder a este tipo de viajes, deberás tener en cuenta los siguientes puntos:

Como primer requisito, deberás presentar una declaración jurada afirmando que no has tenido contacto con personas sospechosas de padecer Covid-19, ni has presentado síntomas relacionados al Covid-19 (tos seca, temperatura superior a 38°, dificultad para respirar, entre otros). Además, deberás garantizar que te encuentras sin restricción de salud para viajar.

Por otro lado, te presentamos la lista con algunas de las excepciones para que puedas identificar si tu motivo califica para realizar un viaje.

  1. Asistencia y prestación de servicios de salud.
  2. Adquisición de bienes de primera necesidad -alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza, y mercancías de ordinario consumo en la población
  3. Desplazamiento a servicios bancarios, financieros y de operadores de pago, casas de cambio, operaciones de juegos de suerte y azar en la modalidad de novedosos y territoriales de apuestas permanentes, chance y lotería, y a servicios notariales y de registro de instrumentos públicos.
  4. Asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.
  5. Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.
  6. La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales, equipos y dispositivos de tecnologías en salud, al igual que el mantenimiento y soporte para garantizar la continua prestación de los servicios de salud. El funcionamiento de establecimientos y locales comerciales para la comercialización de los medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, equipos y dispositivos de tecnologías en salud.
  7. La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de: (I) insumos para producir bienes de primera necesidad; (II) bienes de primera necesidad -alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza, y mercancías de ordinario consumo en la población-, (III) reactivos de laboratorio, y (IV) alimentos y medicinas para mascotas, y demás elementos y bienes necesarios para atender la emergencia sanitaria, así como la cadena de insumos relacionados con la producción de estos bienes.
  8. La cadena de siembra, fumigación, cosecha, producción, empaque, embalaje, importación, exportación, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de: semillas, insumos y productos agrícolas, piscícolas, pecuarios y agroquímicos  fertilizantes, plaguicidas, fungicidas, herbicidas, y alimentos para animales, mantenimiento de la sanidad animal, el funcionamiento de centros de procesamiento primario y secundario de alimentos, la operación de la infraestructura de comercialización, riego mayor y menor para el abastecimiento de agua poblacional y agrícola, y la asistencia técnica. Se garantizará la logística y el transporte de las anteriores actividades.
  9. La comercialización presencial de productos de primera necesidad se hará en mercados, abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal en establecimientos y locales comerciales a nivel nacional, y podrán comercializar sus productos mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio.
  10. Las actividades del personal de las misiones diplomáticas y consulares debidamente acreditadas ante el Estado colombiano, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.
  11. Las actividades de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado, así como de la industria militar y de defensa.
  12. Las actividades de los puertos de servicio público y privado, exclusivamente para el transporte de carga.
  13. Las actividades de dragado marítimo y fluvial.
  14. La ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública, así como la cadena de suministros de materiales e insumos relacionados con la ejecución de las mismas.
  15. La operación aérea y aeroportuaria de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del presente decreto, y su respectivo mantenimiento.
  16. La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio. Los restaurantes ubicados dentro de las instalaciones hoteleras solo podrán prestar servicios a sus huéspedes.
  17. Las actividades de la industria hotelera para atender a sus huéspedes, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.
  18. El funcionamiento y operación de los centros de llamadas, los centros de contactos, los centros de soporte técnico y los centros de procesamiento de datos que presten servicios en el territorio nacional y de las plataformas de comercio electrónico.
  19. El funcionamiento de la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, los servicios carcelarios y penitenciarios y de empresas que prestan el servicio de limpieza y aseo en edificaciones públicas, zonas comunes de edificaciones y las edificaciones en las que se desarrollen las actividades de las cuales trata el presente artículo.
  20. El abastecimiento y distribución de bienes de primera necesidad -alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza, y mercancías de ordinario consumo en la población- en virtud de programas sociales del Estado y de personas privadas.

Si deseas acceder a más información, ingresa aquí.

 

Recomendaciones para prevenir el Covid-19

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El coronavirus, conocido como COVID-19, es un virus que surge periódicamente en diferentes áreas del mundo y que puede causar una infección respiratoria aguda, también conocido como gripa, esta puede llegar a ser leve, moderada o grave.

El nuevo COVID-19 ha sido catalogado por la OMS como una emergencia en salud pública a nivel mundial. Actualmente, ya se han identificado casos de esta enfermedad en todos los continentes, siendo el 6 de Marzo el día que se confirmó el primer caso en Colombia.

Una de las formas más efectivas de prevenir esta enfermedad es el lavado de manos de forma adecuada con agua y jabón.

Realizar este acto, podría reducir hasta en un 50% las posibilidades de contraer este virus. A continuación, te recomendamos otras medidas que podrías realizar para estar aún más protegido contra este virus.

  • No tengas contacto de manera cercana con personas enfermas.
  • Cúbrete con la parte interna del codo al toser o estornudar.
  • En caso sintieses algún síntoma de resfriado, usa tapabocas y quédate en casa.
  • Limpia y desinfecta los objetos con los que tienes contacto de manera frecuente.
  • Ventila tu casa.

 

+Seguridad con redBus

Tomando en consideración las disposiciones gubernamentales y la seguridad de los pasajeros ante la pandemia, hemos creado en nuestra plataforma digital, una categoría para fortalecer la seguridad de nuestros usuarios.

Para que las empresas de bus pertenezcan a esta categoría, hemos elaborado una serie de requisitos rigurosos que velan por la salud de los usuarios. Entre ellos se encuentran los que te enseñamos a continuación.

Medidas de seguridad

  1. Las empresas de transporte deben contar con la información de trazabilidad de los pasajeros para hacerles seguimiento en caso presenten síntomas.
  2. Contar con gel antibacterial en todos los buses.
  3. Conductores y ayudantes deben usar obligatoriamente tapabocas y guantes.
  4. Control de temperatura para todos los conductores, ayudantes y pasajeros antes de cada viaje y validación de síntomas.
  5. Limpieza profunda de buses después de cada viaje.
  6. Los tapabocas son obligatorios para todos los pasajeros.
  7. Se suspende el servicio de cobijas, mini tienda, menú a bordo y cortinas.
  8. Distanciamiento social obligatorio: cada pasajero irá solo en una sola fila de dos sillas; es decir, no habrán 2 personas juntas.

Ya sabes, ten en cuenta esta información si tienes que viajar en bus debido a alguna de las excepciones que te mostramos. Empresas como Flota La Macarena realizarán este tipo de viajes.

Si deseas conocer más información sobre viajes en bus en Colombia, sigue explorando nuestro blog de viajes.

 

Créditos de portada: www.flotalamacarena.com

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